La Comisión Europea llevará a España a los tribunales por no cumplir la sentencia de 11 de diciembre de 2014 que declaraba ilegal la obligación de las empresas estibadorasa inscribirse en una sociedad central, a integrarse como partícipes en su capital y a contratar «prioritariamente» personal puesto a disposición por dicha sociedad.
Fuentes comunitarias informan de que España no ha abordado «convenientemente» los problemas identificados en la sentencia del Tribunal de Justicia; por consiguiente, la Comisión Europea ha decidido llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE por incumplimiento de dicha sentencia.
La Comisión invita a España a efectuar «lo antes posible las reformas necesarias para cumplir esta sentencia y cumplir, así, con el artículo 49 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFEU); de lo contrario, el Tribunal de Justicia podría decidir imponer sanciones financieras».
En diciembre de 2014, el Tribunal de Justicia de la UE sentenció que la legislación española, en materia de trabajadores portuarios, era contraria a la libertad de establecimiento consagrada en el artículo 49 del TFEU.
Dicha legislación obliga a los demás Estados miembros que deseen ejercer la actividad estibadora en puertos españoles de interés general a inscribirse en la Sociedad Anónima de Gestión de Estibadores Portuarios (SAGEP) y a integrarse como partícipes en el capital de la misma. Además, las empresas estibadoras están obligadas a contratar prioritariamente personal puesto a disposición por esta sociedad.
Las autoridades españolas tenían de plazo hasta febrero de 2015 para informar a la Comisión acerca de las medidas adoptadas para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal. Hasta el día de hoy no se han adoptado medidas conformes con dicha sentencia ni se han comunicado a la Comisión Europea plazos precisos para ponerlas en práctica.
Comentarios