Italia estudia ampliar la aplicación del salario mínimo a los conductores extranjeros también al transporte internacional. El Decreto legislativo aprobado el pasado mes de julio, y que está pendiente de desarrollo normativo, solo contemplaba aplicarlo al transporte de cabotaje.
El pasado mes de julio, tal y como recuerdan desde Fenadismer, el Gobierno italiano aprobó un decreto por el que obligaba a los conductores profesionales que se desplazasen a ese país a cubrir, al menos, el salario mínimo establecido en Italia, de modo similar a lo que ya se establece en Francia y Alemania.
La normativa italiana establece, básicamente, dos obligaciones: notificar al Ministerio de Trabajo italiano una comunicación de desplazamiento previo a la realización del viaje y designar un representante en territorio italiano a efectos de control del cumplimiento de la legislación laboral.
Esta regulación se encuentra en la actualidad pendiente de desarrollo normativo, ya que no aún no se publicado el modelo de comunicación de desplazamiento ni el procedimiento de gestión y control por parte de las autoridades laborales italianas.
Respecto al ámbito de aplicación, si bien el decreto legislativo limitaba inicialmente su aplicación al transporte de cabotaje, desde Fenadismer aseguran que Italia está estudiando la posibilidad de ampliar su ámbito también al transporte internacional, de modo análogo a lo establecido en la regulación francesa y alemana, como consecuencia de la demanda unánime de las asociaciones italianas de transportistas ante la fuerte competencia que sufren de las empresas procedentes de terceros países, lo que ha supuesto que la flota italiana en la actualidad solo realice el 9% del transporte internacional con origen o destino en el país transalpino.
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