AMDPress.- El Ministerio de Economía ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden 9466, de 16 de mayo de 2002, en la que se establecen las condiciones estipuladas para la adquisición del Grupo Burgal por parte de la Compañía de Distribución Integral Logista, a la vista del dictamen emitido por el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC).
Entre los requisitos impuestos para la aceptación de la operación destacan los siguientes: la duración del ámbito temporal de aplicación de los pactos de no competencia establecidos entre las partes se reducirá a tres años desde la ejecución de la operación, y durante un plazo de cinco años, las actividades de importación y comercio mayorista del tabaco deberán segregarse del resto de actividades y ser objeto de una gestión y contabilidad separadas. Para instrumentar el cumplimiento de esta última condición, Logista deberá presentar ante el Servicio de Defensa de la Competencia, en el plazo de dos meses, un plan confidencial detallado de actuaciones.
Cabe destacar que, en la aprobación de esta adquisición, el TDC ha tenido en cuenta que, para el desarrollo del sector logístico, son fundamentales elementos como la posesión de estructuras de almacenaje y de redes de transporte y comunicaciones extensas.
En este sentido, el TDC ha considerado que dichos elementos son las principales fortalezas de Logista si bien ha estimado conveniente someter la aprobación de la operación a determinadas condiciones relacionadas con la separación contable entre las secciones de distribución mayorista de tabaco, sello y timbre y la reducción del ámbito temporal de aplicación de los pactos de no competencia establecidos entre las partes.
El plan incluye una estrategia de aceleración de la digitalización y la innovación de la actividad de carga aérea, a través del desarrollo de nuevas funcionalidades para el Cargo Community System y de un sistema de medición de indicadores de calidad de los servicios prestados en los centros de carga.
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