La posibilidad de que finalmente no se alcance un acuerdo entre la Unión Europea y el Reino Unido sobre su salida de la UE antes del próximo 29 de marzo hace imprescindible que el Gobierno español adopte las medidas legislativas y administrativas que permitan dar continuidad a las relaciones tanto comerciales como de tránsito entre España y el Reino Unido a partir de dicha fecha, tal y como recomienda Fenadismer.
Según una reciente Comunicación de la Comisión Europea, el organismo insta a los Estados miembros a asumir sus responsabilidades “a fin de estar preparados para la retirada y mitigar los efectos más perjudiciales de un posible escenario límite”, para lo que la Comisión prevé un número limitado de medidas de contingencia “para paliar perturbaciones significativas en determinados ámbitos estrictamente definidos”.
Entre los ámbitos que requieren una atención específica, la Comisión Europea destaca al transporte por carretera. De esta manera, en el supuesto de que no se llegase a un acuerdo, a partir de la fecha de retirada ya no sería válida la actual autorización de transporte de ámbito comunitario (licencia comunitaria), sino que los derechos de acceso al mercado entre la Unión Europea y el Reino Unido por parte de las empresas transportistas se limitarían a los permisos ofrecidos en el marco de la Conferencia Europea de Ministros de Transportes – CEMT (organismo que agrupa a 44 países europeos), “que permitiría mucho menos tráfico que el que actualmente tiene lugar entre la Unión Europea y el Reino Unido”.
En base a dicha previsión, un importante número de empresas transportistas españolas que realizan transporte internacional están solicitando estos días al Ministerio de Fomento autorizaciones del contingente CEMT, que aunque no están previstas para dicho tráfico bilateral es a día de hoy la única autorización válida para acceder al Reino Unido a partir de su salida de la UE sin acuerdo. Además cabe recordar que España tiene concedido un cupo muy limitado de este tipo de autorizaciones bilaterales (menos de 800 anuales) por lo que el Ministerio de Fomento ha establecido para el año 2019 un procedimiento preceptivo de consulta previo del número de autorizaciones a solicitar, a fin de analizarlas y resolver sobre el número de autorizaciones que finalmente se concederán.
Asimismo, según ha podido conocer Fenadismer, la Comisión Europea ha iniciado recientemente los trámites de elaboración de un Reglamento europeo de establecimiento de una regulación común temporal que asegure una conectividad básica del transporte de mercancías por carretera entre la Unión Europea y el Reino Unido durante el año 2019, que en todo caso requerirá su aprobación exprés antes de finales de marzo de 2019 y la conformidad del Reino Unido a la nueva regulación establecida.
Fenadismer va a solicitar formalmente al Ministerio de Fomento que se establezca un canal de información permanente y actualizado sobre las medidas a adoptar ante la próxima salida del Reino Unido de la UE y su impacto y repercusiones en el sector español del transporte por carretera. Debe tenerse en cuenta que, según datos de la propia Comisión Europea, en 2017 el Reino Unido fue el tercer mercado más importante a nivel comercial con España, representando un 7’2% del total de las exportaciones españolas, especialmente en los sectores de alimentación, automoción y aeronáutica, con un crecimiento del 3’7% en relación con el año anterior.
El plan incluye una estrategia de aceleración de la digitalización y la innovación de la actividad de carga aérea, a través del desarrollo de nuevas funcionalidades para el Cargo Community System y de un sistema de medición de indicadores de calidad de los servicios prestados en los centros de carga.
Comentarios