La subida del régimen de módulos para el sector del transporte ya está en el BOE, en el que apareció publicada el pasado 24 de octubre. El incremento alcanza el 5,56 % en el caso del transporte de mercancías por carretera tanto en vehículo pesado como ligero, un porcentaje que desde Fenadismer consideran «desproporcionado y sin fundamento», para recordar que es posible renunciar a este sistema de tributación hasta el próximo 30 de noviembre.
La modificación al alza es el resultado de la subida del IVA que se produjo desde el pasado 1 de septiembre, y que supuso un incremento de tres puntos porcentuales en el transporte de mercancías (al pasar del 18 % al 21 %).
La Orden Ministerial que recoge el BOE establece con carácter extraordinario la posibilidad de que los autónomos afectados puedan renunciar al régimen de módulos del IVA hasta el 30 de noviembre, y pasar en tal caso a tributar el IVA por su actividad en el régimen de estimación directa el último trimestre de 2012 y los siguientes tres años.
Sin embargo, el IRPF continuaría tributando por el régimen de módulos en el ultimo trimestre de 2012 y pasaría a estimación directa a partir de 2013 y los siguientes tres años. Aquellos autónomos que permanezcan en el régimen de estimación objetiva por módulos deberán regularizar en el cuarto trimestre la cuota anual conforme a los nuevos módulos, detallan desde Fenadismer.
Los nuevos módulos del régimen simplificado del IVA, con efecto retroactivo desde el 1 de septiembre de 2012, quedarán de la siguiente manera: en el epígrafe 722, transporte de mercancías (exento residuos), 3756,76 euros por personal empleado y 351,55 por carga de vehículos; en el epígrafe 722, transporte de residuos, 1688,82 euros por personal empleado y 157,37 por carga vehículos.
En cuanto al transporte de paquetería (epígrafe 849.5), queda fijado en 3754,76 euros por personal empleado y 351,55 euros por carga vehículos. El transporte de mudanzas (epígrafe 757), queda con 5168, 39 por personal empleado y 231,86 por carga de vehículos.
Aumento del fraude
En relación al nuevo régimen de módulos, desde Astic han alertado ante las graves consecuencias en la lucha contra la economía sumergida que podrían derivarse de la entrada en vigor del nuevo límite de 300.000 euros de facturación, vigente desde el pasado 31 de octubre, para que los transportistas puedan acceder al régimen de módulos. «Los que estén a punto de superar el límite se encuentran ante la necesidad de dejar de facturar para no superar ese umbral», advierte la asociación que preside Marcos Basante, que destaca que podría conseguirse el efecto contrario al deseado con la Ley 7/2012 de lucha contra el fraude.
Esta ley, que entre otras medidas establece la limitación de pagos en efectivo a 2500 euros y la obligación de declarar determinados bienes situados en el extranjero, viene a reducir el anterior límite desde los 450.000 hasta los 300.000 euros anuales, si bien en el anteproyecto figuraba la cantidad de 50.000 euros.
«La aplicación de este límite está provocando situaciones muy complicadas a todos los que están en régimen de módulos que ya han superado o están a punto de superar esa cifra. Los primeros pasarán de forma automática al régimen de estimación directa. Como lo harán en un momento en que gran número de sus competidores seguirán en módulos se verán incapaces de repercutir a sus clientes el incremento de costes debido al cambio de régimen», prevén en Astic.
Tras este análisis, para la asociación la medida adecuada sería la «eliminación total de ese régimen para nuestro sector, por lo que como patronal podemos decir que para el transporte de mercancías por carretera no se ha “tocado nada”».
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