El periodo de reclamación para recuperar el «céntimo sanitario» termina el próximo 27 de febrero. Cumpliendo con lo dispuesto por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la Agencia Tributaria ya está procediendo a devolver los cobros indebidos (aquellos efectuados entre 2002 y 2012), Sin embargo, solo está asumiendo las devoluciones del periodo fiscalmente no prescrito.
Tal y como informan Digabogados, los afectados pueden reclamar las cantidades indebidamente cobradas en el «periodo no prescrito»: el que ha establecido el Ministerio de Hacienda como reclamable a través de los canales establecidos. En la actualidad, este periodo se corresponde solo a los años 2011 y 2012.
El transportista que quiera reclamar también las cantidades del periodo prescrito (de 2002 a 2010), deberá hacerlo por vía administrativa y, en caso de desestimación, se abre la posibilidad de la vía judicial ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
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