La Federación Nacional de Cooperativas de Transporte de España (Fenacotrans), organización representativa del cooperativismo del sector del transporte por carretera, ha manifestado su rechazo "a las cooperativas instrumentales promovidas por grandes flotistas y operadores logísticos para conseguir mano de obra de forma fraudulenta, desprestigiando al resto de cooperativas que operan en el sector y con el único objetivo de conseguir mano de obra sometida y en condiciones económicas precarias, ocasionando una clara situación de competencia desleal para el resto de cooperativas y empresas de transporte españolas que operan en el sector".
Así, en una reciente sentencia dictada por el Tribunal Supremo, en la que se resuelve sobre la demanda laboral interpuesta por un socio cooperativista contra la empresa para la que prestaba sus servicios de transporte, el Alto Tribunal considera a dichas cooperativas ficticias como “un mero subterfugio para la formalización aparente de este tipo de entidades carentes de cualquier actividad económica propia, y simplemente constituidas para poner a disposición de empresas del sector del transporte la mano de obra que supone la prestación de servicios de conducción”.
Estas cooperativas, según describe el propio Tribunal, “suscriben un contrato de arrendamiento de servicios con una empresa del sector del transporte, que es a su vez propietaria de los camiones que alquila a la cooperativa y que utilizan los conductores que están obligados a realizar los servicios que la empresa les ordena para atender a sus clientes”.
Fenacotrans comparte íntegramente el contenido de esta sentencia y "se opone a aquellas entidades que sin estructura real alguna amparan figuras ficticias e irregulares en perjuicio de los derechos de los autónomos y trabajadores, considerando dichas actuaciones como claras actitudes de competencia desleal".
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