La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con un total de 57,7 millones de euros a dieciocho empresas de los sectores de fabricación de papel, de cartón ondulado y de fabricación de productos de embalaje de cartón, así como a la Asociación sectorial de Fabricantes de Cartón Ondulado (AFCO).
Competencia considera «probada» una infracción «única y continuada», prohibida en el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) y 101 del Tratado Fundacional de la Unión Europea (TFUE), consistente en realizar «recomendaciones colectivas, intercambios de información y acuerdos de precios, así como en el reparto de clientes en dos mercados»: el de elaboración de pasta de papel y papel para la fabricación de cartón ondulado y el de fabricación de cartón ondulado y su transformación en productos de embalaje o envasado.
El periodo en el que se cometieron las infracciones en el mercado de fabricación de papel para la elaboración de cartón ondulado y en el de fabricación y transformación del cartón ondulado, según informa la CNMC, abarcó desde 2002 hasta el año 2013.
Pasta de papel y papel para elaborar cartón ondulado
En el caso del mercado de fabricación de pasta de papel y de papel para la elaboración de cartón ondulado, «se han acreditado intercambios de información comercial estratégica entre distintos operadores sobre el precio del papel, así como recomendaciones colectivas». Para ello, AFCO «jugaba un papel clave de intermediación, utilizando en muchas ocasiones a los medios de comunicación».
Fabricación y transformación del cartón ondulado
En el mercado de fabricación y transformación del cartón ondulado, en productos de embalaje, «se han acreditado intercambios de información y acuerdos de subidas de precios, así como reparto de clientes en el mercado de la fabricación y transformación del cartón ondulado». Los contactos, según Competencia, se producían durante las «mesas»: «reuniones entre los distintos fabricantes según la zona de España, y muchas de las recomendaciones se realizaban a través de los medios de comunicación».
Entre los dos mercados afectados existe «una relación esencial», tal y como la define la CNMC, de forma que las variaciones de la producción y de los precios del papel, que es «la materia prima por excelencia en el proceso de la fabricación del cartón ondulado», influyen en la formación de los precios finales de los envases y embalajes de cartón ondulado.
Los contactos se producían en reuniones entre los fabricantes, y muchas de las recomendaciones se realizaban a través de los medios de comunicación, según la CNMC.
Además, la Comisión recuerda que tienen «una importancia transversal en la economía, dado que los clientes que utilizan los embalajes de cartón afectados por la infracción son empresas que operan en todos los sectores productivos y de servicios».
Dichas empresas podrían a su vez «incrementar sus precios de venta a los consumidores si los envases y embalajes en los que presentan, conservan, transportan y envían sus productos experimentan subidas de precios de carácter regular o extraordinario».
Así, para el organismo resulta «evidente» que estas conductas «afectan de forma indirecta y de manera contrastable a los consumidores», con «la consecuente pérdida de eficiencia general y su impacto en los precios finales de diversos productos y servicios».
Empresas multadas
Este expediente tuvo su inicio a raíz de una investigación iniciada en mayo de 2013, cuando se abrió un expediente «por una posible conducta anticompetitiva» contra AFCO y contra once empresas del sector. Posteriormente, se realizaron nuevas inspecciones y se amplió la investigación a once empresas más por posibles prácticas restrictivas de la competencia.
El desglose y la cuantía de las multas impuestas queda así:
Por otro lado, la CNMC procede al archivo de las actuaciones seguidas contra Cartonajes Vegabaja por «no haber quedado acreditada la comisión de infracción». Las empresas Cartonajes Bernabeu, Murcia Cartón y Embalajes Petit también han sido investigadas, pero no han sido consideradas responsables. Asimismo, «se ordena» a AFCO que «proceda a dar la máxima difusión de la presente resolución entre sus asociados, para su conocimiento».
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