El Ministerio de Fomento ha publicado en el BOE la Resolución 29/10/2019, por la que se establece que se excluyen temporalmente los tiempos de conducción y descanso en los transportes de mercancías y viajeros por carretera a las operaciones que hayan tenido lugar en Cataluña entre el 14 y el 20 de octubre, días en los que no dejaron de vivirse cortes y bloqueos de carreteras.
La Dirección General de Transporte Terrestre ha adoptado esta medida a petición de la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), que solicitó en repetidas ocasiones al Gobierno y la Generalitat que se adoptara ante los graves perjuicios ocasionados a los conductores.
De esta manera, la Administración ha reconocido que los cortes en las carreteras catalanas han afectado al tráfico y a la libre circulación, dejando a muchos conductores “inmovilizados lejos de sus lazos familiares y profesionales y con dificultades para dar un cumplimiento efectivo de las disposiciones del precitado reglamento”, como señaló CETM.
La organización celebra esta decisión porque, aunque los daños económicos son irreversibles para el sector del transporte de mercancías por carretera, de esta manera se evitan sanciones injustas a los transportistas.
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