La nueva regulación sobre el salario mínimo en Holanda establece la obligación de registro a los conductores tanto asalariados como autónomos que se desplacen a dicho país. Esta nueva norma, en vigor desde el pasado mes de enero, deberá tramitarse a través de internet a partir de 2018.
Dicha regulación, tal y como informan desde Fenadismer, solo se aplicará inicialmente a los transportes que se realicen en el interior de los Países Bajos. La normativa holandesa no obliga a llevar a bordo del vehículo la documentación acreditativa del cumplimiento del salario mínimo holandés, aunque es «recomendable a fin de facilitar las labores de inspección», apuntan desde la federación. No obstante, la regulación sí establece la necesidad de que la documentación deba encontrarse disponible a través del representante que las empresas transportistas designen ante las autoridades de dicho país.
A partir del 1 de enero de 2018, el procedimiento de registro de los conductores desplazados a Holanda deberá realizarse de forma telemática, con registros tanto los conductores autónomos como los asalariados. En el caso de estos últimos, además, deberán comunicar también cada desplazamiento realizado y que cobren, al menos, el salario mínimo establecido en dicho país, que en el caso del sector del transporte por carretera es de 13,91 euros/hora.
A diferencia de otros países europeos que también han regulado sobre la materia, la normativa holandesa establece un requisito de corresponsabilidad en caso de incumplimiento de la regulación sobre el salario mínimo; es decir, responsabiliza no solo a la empresa transportistas, sino también al cliente o cargador.
La colaboración en este tipo de eventos resalta la importancia de la solidaridad y la responsabilidad social corporativa en la construcción de una sociedad más justa y equitativa.
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