Fomento acerca la LOTT a la normativa comunitaria

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El Ministerio de Fomento presentó el pasado viernes 15 de junio en el Consejo de Ministros un anteproyecto de Ley por el que se modifica la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres (LOTT). Entre los cambios previstos destacan la posibilidad de realizar todos los trámites con las Administraciones a través de Internet y de aumentar a 12.000 euros (de los 6.000 actuales) el límite para poder acudir a las juntas arbitrales.

Desde el ministerio que dirige Ana Pastor se señala que la modificación de la LOTT busca «incrementar la flexibilidad a las empresas para poder operar en el mercado del transporte por carretera» y actualizar la legislación española a la normativa comunitaria (sobre todo en lo relativo a las condiciones de acceso al mercado) y a «la realidad actual del transporte por carretera».

Con la modificación prevista, será posible realizar todo tipo de actividades relacionadas con el transporte con una única autorización (en la actualidad, son necesarias dos: una para realizar el transporte y otra para las operaciones de subcontratación). Por otro lado, las empresas podrán hacer las gestiones necesarias con las autoridades de transporte competentes (Fomento o Comunidades Autonómas) a través de Internet, sin necesidad de acudir físicamente a sus centros.

Otra medida destacada es el aumento de 6.000 a 12.000 euros del límite económico para poder acudir a las juntas arbitrales, una medida que, indican desde Fomento, persigue «ahorrar gastos en procesos judiciales y anticipar en el tiempo la resolución de los conflictos».

Asimismo, será obligatorio hacer públicos los datos de las empresas de transporte y agencias de intermediación que cuentan con autorización, lo que permitirá conocer si ese transportista o esa agencia cuentan con la autorización para la realización de su actividad. Con esta modificación, el que contrata con un transportista o agencia no autorizada se convierte en «responsable» e «incurre en una infracción administrativa» que será objeto «de la correspondiente sanción económica». Cabe destacar también que se armoniza la clasificación de las infracciones de transporte por carretera (en «leves», «graves» y «muy graves») previstas en la directiva comunitaria.

Por último, y con el objetivo de luchar contra el intrusismo, solo quien tenga autorización de transporte podrá contratar y facturar en su nombre. Así, se regula una infracción para poder sancionar, bajo la normativa de transporte, cuando se incumpla este requerimiento.

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